El Gobierno anunció este viernes que presentarán en los próximos días un proyecto de ley que condona las multas de los transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público. Además, del transporte de vehículos menores.
Sin embargo, el Ministerio de Transporte y Comunicación (MTC), señaló que esta ley será limitada y no será aplicable para aquellas personas que atenten contra la seguridad vial y la vida de las personas. Solo se trata de condonar las multas de las personas que se ocasionaron durante la pandemia del Covid-19.
“El MTC precisa que dicha condonación será limitada, hay una serie de multas que se excluirán de este beneficio. Las personas que hayan cometido infracciones graves vinculadas a la seguridad vial y que atentan contra la vida y la salud de las personas no serán beneficiadas”, comunicaron.
En ese sentido, precisaron que el proyecto de ley solo estará dirigida a transportistas, conductores y generadores de carga del servicio de transporte público terrestre de personas y mercancías. También a los que brindan el servicio de transporte público terrestre de pasajeros en vehículos menores que cometieron sanciones, que se encuentran tipificadas en diversos reglamentos nacionales y ordenanzas municipales.
¿A quiénes no aplica?
La norma no aplicará a las personas que hayan sido multadas por conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos.
Tampoco aplicará a los que hayan sido sancionados por no respetar los límites máximo o mínimo de velocidad establecida o por transportar materiales o residuos peligrosos sin contar con la autorización respectiva y con vehículos de carga no habilitados.
Igualmente, no serán beneficiados aquellos conductores que fueron multados por haber atentado contra la integridad física del inspector durante la realización de sus funciones.