El abogado constitucionalista, Omar Cairo, señala que Dina Boluarte habría incurrido en una infracción al deber ministerial y no al cargo de Vicepresidenta República, luego que un informe de la Contraloría acusó a Boluarte de haber intervenido en la gestión de la asociación privada Club Departamental Apurímac mientras ocupaba el cargo de ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
“La sanción que le correspondería sería la suspensión o la destitución del cargo ministerial”, expresó a CARETAS. En caso de la subcomisión de acusaciones constitucionales recomiende inhabilitar a la vicepresidenta está sería desproporcionada.
Este lunes, el Consejo Directivo del Congreso decidirá si la denuncia debe ser trasladada a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. El abogado explica que para dar inicio a este juicio político, la Comisión Permanente debe evaluar el caso y luego elevar la acusación al pleno si es que así lo considera.
El informe advierte una presunta infracción del artículo 126 de la Constitución Política del Perú, el cual señala: “Los ministros no pueden ejercer otra función pública, excepto la legislativa. Los ministros no pueden ser gestores de intereses propios o de terceros ni ejercer actividad lucrativa, ni intervenir en la dirección o gestión de empresas ni asociaciones privadas”.
Algunos congresistas como Elvis Vergara (Acción Popular) y Enrique Wong (podemos Perú), consideran que el caso debe ser evaluado con celeridad por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.