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Informe policial que justificó inmovilización social obligatoria en Lima y Callao el 5 de abril no tenía sustento

El informe que citó el primer ministro, Aníbal Torres para justificar la medida decretada en Lima y Callao, concluía que “las situaciones de violencia podrían agravarse” y que la convulsión social sería un mecanismo para presionar al presidente Castillo a renunciar.

viernes 22 de julio del 2022
en Nacional
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Informe policial que justificó inmovilización social obligatoria en Lima y Callao el 5 de abril no tenía sustento

Castillo se retiró de la sesión conjunta Ejecutivo-Legislativo con el pretexto de firmar un dispositivo legal que derogara la inmovilización social obligatoria. Sin embargo, no lo hizo y dejó que esta venciera la medianoche del 6 de abril. (Foto: CONGRESO)

El pasado 5 de abril, miles de ciudadanos en Lima y Callao se manifestaron en contra de la inmovilización social obligatoria decretada por el presidente de la República, Pedro Castillo. La medida se dio en el marco del paro agrario y de transportistas en varias regiones del país a finales de marzo.

El primer ministro, Aníbal Torres, aseguró que esta medida se dictó debido a que un informe de inteligencia policial alertó sobre una posible ola de saqueos y vandalismo en la capital, mismo que se negó a revelar, alegando que se trataba de un documento de carácter reservado. Sin embargo, el referido informe no tendría mayor sustento que lo dicho por Torres Vásquez.

El estudio jurídico Iriarte y Asociados accedió al documento tras haberlo solicitado, amparados en la Ley de Transparencia el mismo 5 de abril. Tras un litigio con el Tribunal de Transparencia, publicaron los informes.

En la nota de inteligencia 028-2022, se procedió a describir la situación que atravesaba el país durante el paro, resaltando que los mayores niveles de violencia se encontraban en Junín, Arequipa, Puno, Ayacucho, Apurímac y Lima. Se señala que “la confluencia de protestas violentas a nivel nacional, con infiltración de delincuentes, agudiza el escenario de tensión social, donde actores sociopolíticos buscan generar presión para afectar la gobernabilidad y exigir la renuncia del Señor Presidente de la República”.

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Indican que el 4 de abril, en “algunas zonas de Lima Metropolitana y el Callao” hubo “intentos de saqueo” y actos vandálicos, debido a la “infiltración de delincuentes”. Llama la atención que el informe sostiene que el contexto de conflictividad “tiene a ser capitalizado por diversos actores sociales con intereses particulares” como el Sutep, la CGTP, la Conveagro, entre otras.

Sin embargo, las conclusiones solo señalan que las protestas podrían ser un mecanismo de presión para desestabilizar al Gobierno, exigir la renuncia de Castillo Terrones y que “la violencia podría agravarse”.

La abogada del estudio Iriarte y Asociados, Dania Coz, dijo a CARETAS que el decreto de inmovilización social del 5 de abril fue inconstitucional porque no respondió a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

“No es razonable que porque -el informe- señala que van a haber protestas, se encierre a toda la población. La medida tiene que ser proporcional a la eventual violación o amenaza de perturbación que haya”, explicó.

La jurista resaltó que la prueba de que esta medida no fue razonable, es que se decretó en Lima, pese a que el mismo informe señala que los mayores picos de violencia se registraban en regiones del interior.

“También se tiene que respetar el criterio de necesidad -agregó-, es decir, si tienes otras medidas menos lesivas a la libertad personal para poder salvaguardar el orden interno cuando prevés que puede haber perturbación, tienes que agotarlas primero. Tu primera opción no puede ser encerrar a todo el mundo”.

La especialista cuestionó que desde el inicio de la pandemia de Covid-19, “se ha normalizado” vivir en un estado de emergencia permanente, pese a que la Constitución señala que estas medidas deben dictarse en situaciones excepcionales. “Con nuestros derechos constitucionales suspendidos, pueden darse violaciones a los derechos humanos”, manifestó.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional consideró que el caso “no es complejo, no es de relevancia pública y no sería un caso grave de violación de derechos humanos”.https://t.co/OvRxHRCdPE

— Revista Caretas (@Caretas) July 22, 2022
Tags: 5 de abrilinmovilización social obligatoria
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