Se sostiene que alrededor de siete de cada diez peruanos se gana la vida informalmente. Esto quiere decir, en síntesis, que el 70% de los ciudadanos desarrolla sus actividades infringiendo la ley. Dicho altísimo porcentaje, que causa preocupación y espanto a la vez, comprende a empresas y trabajadores.
Ahora, veamos cómo se comporta nuestro elenco estable, el sector formal del país, principalmente nuestras más altas autoridades, aquellas llamadas a ceñirse estrictamente al cumplimiento de la ley.
La Junta de Fiscales Supremos está compuesta por cinco miembros, y tres de ellos vienen siendo investigados por estar involucrados en la denominada organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto. Pues bien, dicha mayoría de tres Fiscales Supremos, sin estar legalmente facultados, acordaron ellos mismos, a su favor, que no podían seguir siendo investigados por el escándalo también conocido como Lava Juez. Es verdad que la Fiscalía de la Nación, ante mayúsculo despropósito, dejó sin efecto el acuerdo, pero lo cierto, para fines del presente comentario, es que la decisión fue adoptada.
Pregunta: ¿qué debe pensar el ciudadano (informal) ante el acuerdo asumido, en su propio beneficio al pretender liberarse de una investigación criminal, por aquellos que, como los Fiscales Supremos, son los llamados a ser guardianes de la legalidad y a perseguir el delito?
El 30 de setiembre (ya es conocido como el 30 S), ha sido uno de los días más agitados del Perú de los últimos tiempos. Y es que en esa fecha, el presidente Vizcarra decretó la disolución del Congreso. Es bastante conocido el impasse que motivó dicha extrema medida. En todo caso, la situación permitió conocer la impericia con la cual nuestra clase política administró la crisis y, al propio tiempo, la indelicada manera en que utilizó dos instituciones constitucionales de especial relevancia: la vacancia presidencial y el pedido de confianza. Convirtió en ordinario lo excepcional, vaciando de contenido persuasivo cada uno de tales instrumentos, utilizados contadas veces en nuestros casi doscientos años de historia.
Pero lo cierto fue que ese 30 S, el Congreso en su histriónica (no histórica) sesión, adoptó dos acuerdos después de conocida su disolución, uno más irresponsable que el otro, y ambos, sin duda, inconstitucionales: primero, declaró el relevo temporal del presidente Vizcarra (al no reunir los votos necesarios para su vacancia definitiva), y luego, juramentó a la vice presidenta Mercedes Araóz como presidenta de la República en funciones. En la Constitución no está contemplada ninguna de ambas figuras.
Otra pregunta: ¿cómo debe actuar el ciudadano (informal) al comprobar que las más altas autoridades del país, son capaces de distorsionar instituciones constitucionalmente relevantes para adecuarlas por circunstancias secundarias y, simultáneamente, crear figuras no contempladas en la Constitución? No debiera ser difícil advertir una respuesta evidente a las dos preguntas: la informalidad del Perú empieza por sus propias autoridades; precisamente aquellas responsables de resolverla