La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que las empresas que no paguen la gratificación a sus trabajadores por Fiestas Patrias serán sancionados con multas diferenciadas que oscilan entre S/ 484 hasta S/ 114,928, de acuerdo al régimen laboral de la compañía.
“Los empleadores deben tener en cuenta que el plazo para efectuar el pago de la gratificación y de la asignación extraordinaria del 9% sobre dicha gratificación (…) por lo que recomendamos a las empresas tomar las precauciones del caso”, comentó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL,quien resaltó que el plazo máximo para cancelar dicha deuda será hasta la quincena de este mes.
Cabe mencionar que las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por Decreto Supremo 008-2020-TR. En este contexto, existen tres escalas de multas diferenciadas: la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.
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El funcionario también detalló que, para determinar el monto de la multa, se debe tomar en cuenta el sector al que pertenece la empresa y el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/ 4,400 para el 2021.
En relación a las micro y pequeñas empresas (mype), inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), las multas no superarán en un mismo proceso sancionador el 1% de los ingresos netos, percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Según el tipo de empresa, estas son las multas mínimas y máximas por no pagar o depositar la gratificación por Fiestas Patrias:
